Respuestas
Respuesta:
Artículo 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 16:
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Explicación:
El artículo 14 de la ley establece que nadie podrá ser privado de la libertad, es decir, podrá ser libre y realizar sus cosas como la prefiera.
El artículo 16 de la ley establece que ninguna persona debe ser molestado por su familia, domicilio, familia y entre otras cosas de suma importancia.
Finalmente se debe recalcar que ambos artículos son de gran relevancia porque permiten que los individuos puedan ser libres y realizar las actividades a su conveniencia o como lo deseen.