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En ciertos aspectos, un programa de protección nacional puede parecer similar a un programa de desarrollo de armas químicas. En parte para disipar toda
sospecha que pudiera suscitarse, todos los Estados
Partes deberán presentar anualmente a la Secretaría
información sobre tales programas. Además, como
se indica en la Ficha descriptiva n.º 7, es obligatorio
informar detalladamente sobre la producción, usos
y transferencias de sustancias químicas de la Lista
1. Todos esos requisitos tienen por objeto mejorar la
transparencia de todos los programas de protección, a
ser posible evitando toda sospecha entre Estados por
esa causa.
jeissonfigueroa748:
mucha gracias
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