Respuestas
Respuesta dada por:
4
Respuesta:
si
Explicación:
Sí, los fletes y servicios anexos a la venta de bienes corporales muebles están afectos con IVA, independiente de que sean prestados por el mismo vendedor o por otro contribuyente del IVA, según lo dispuesto en los artículos 2°, 8°, 10°, 14° y 15° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Respuesta dada por:
1
El servicio de transporte de mercancías o de carga (fletes), está excluido del Impuesto a las ventas de acuerdo al artículo 476 del estatuto tributario, pero no si ese hace una compra que incluye el transporte.
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