articulo 27 de la constitucion
ProfeFabys:
Se específico en tu pregunta, recuerda que todos somos de habla hispana por lo tanto son muchos países integrados, para ayudar a darte una respuesta eficiente, coloca tu país para poder saber de donde es exactamente el artículo que buscas, saludos
Respuestas
Respuesta dada por:
5
Explicación:
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
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