LAS FUNCIONES DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL

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Respuesta dada por: nereythaveloz
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Respuesta:

Las atribuciones y deberes de la Autoridad Educativa Nacional son las siguientes:

a. Articular de conformidad con la Constitución de la República y la Ley la estructura de la Educación

General con los demás componentes del Sistema Nacional de Educación;

b. Administrar el Sistema Nacional de Educación y asumir la responsabilidad de la educación, con

sujeción a las normas legales vigentes;

c. Formular e implementar las políticas educativas, el currículo nacional obligatorio en todos los

niveles y modalidades y los estándares de calidad de la provisión educativa, de conformidad con los

principios y fines de la presente Ley en armonía con los objetivos del Régimen de Desarrollo y Plan

Nacional de Desarrollo, las definiciones constitucionales del Sistema de Inclusión y Equidad y en

coordinación con las otras instancias definidas en esta Ley;

d. Organizar la provisión de servicios para el desarrollo del talento humano del Sistema Nacional de

Educación;

e. Aprobar con la participación de todos los actores del proceso educativo, democrática, participativa

e inclusiva el Plan Nacional de Educación, los programas y proyectos que deban desarrollarse a

nivel nacional y vigilar su correcta y oportuna ejecución;

f. Desarrollar y estimular la investigación científica, pedagógica, tecnológica y de conocimientos

ancestrales, en coordinación con otros organismos del Estado;

g. Fomentar y estimular la publicación de textos y libros nacionales de valor educativo, cultural,

lingüístico, artístico y científico, libres de contenidos e imágenes sexistas y discriminatorias;

h. Presidir los organismos colegiados y cumplir con las representaciones nacionales e

internacionales que le sean delegadas y que le corresponden de acuerdo con la Ley;

i. Requerir los recursos necesarios para garantizar la provisión del talento humano, recursos

materiales, financieros y tecnológicos necesarios para implementar los planes educativos;

j. Expedir acuerdos y resoluciones para implementar los planes educativos;

k. Preparar la proforma presupuestaria del sector educativo y presentarla al organismo competente;

l. Vigilar la correcta administración del presupuesto y solicitar las reformas necesarias;

m. Autorizar comisiones de servicio fuera del país, de conformidad con las disposiciones legales y

reglamentarias pertinentes;

n. Autorizar la creación o disponer la revocatoria de las autorizaciones para el funcionamiento de

establecimientos educativos, de conformidad con la presente Ley y su reglamento;

o. Ejercer las labores de fiscalización de establecimientos educativos de conformidad a la presente

Ley;

p. Ejercer las facultades sancionadoras de conformidad con la Constitución de la República y la Ley;

q. Fusionar centros de educación pública motivadamente y de acuerdo a la reglamentación que se

expida para el efecto;

r. Suscribir, dentro del marco de sus atribuciones y de conformidad a la Constitución de la República

y la Ley, convenios y contratos relacionados con la educación;

s. Aprobar estatutos de entidades educativas, de investigación pedagógica y de otras relacionadas

con el ramo;

t. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y demás

normativa que rige el Sistema Nacional de Educación;

u. Expedir, de conformidad con la Constitución de la República y la Ley, acuerdos y resoluciones que

regulen y reglamenten el funcionamiento del Sistema Nacional de Educación;

v. Resolver, dentro del ámbito de sus funciones y de conformidad con la Constitución de la República

y la Ley, los asuntos no contemplados en la presente Ley y su reglamento;

w. Presidir el Consejo Nacional de Educación con voto dirimente;

x. Controlar el buen uso de los recursos de operación de establecimientos educativos de

conformidad a la presente Ley y su reglamento;

y. Coordinar con el Sistema de Educación Superior para homologar y acreditar los títulos otorgados

por la Autoridad Educativa Nacional para el ingreso a las carreras de nivel superior;

z. Garantizar la transferencia de recursos de manera oportuna, regular y suficiente a los niveles y

modalidades del Sistema Nacional de Educación;

Explicación:

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