Respuestas
El primer medio de defensa legal con el que cuentan los sujetos beneficiarios de la Ley del ISSSTE, contra los actos que se consideran ilegales por parte del instituto, son los recursos administrativos previstos en el articulo 31 del reglamento de prestaciones económicas y vivienda del ISSSTE.
Las resoluciones de la junta directiva que afecten intereses particulares podrán recurrirse ante la misma dentro de un termina de treinta días ( 30 ) hábiles contados a partir de la fecha en que los afectados sean notificados.
En el escrito que deben consignar se precisaran el nombre y domicilio del promovente así como los agravios que causa el acuerdo, y deberá ir acompañado de los documentos justificativos de la personalidad del promovente y las pruebas que estime pertinente.
Si los recursos de inconformidad no se hacen valer en los términos previstos, la resolución se tendrá como consentida.