Un ciudadano acude al Registro de la Propiedad a solicitar un certificado de que su inmueble no tiene prohibición de enajenar, para acceder a un préstamo, pero resulta que en la certificación su bien inmueble aparece como hipotecado. El ciudadano solicita al responsable de los archivos la rectificación de los datos por ser erróneos, pero éste se niega. Debido a esta pésima atención brindada y negativa a rectificar la información registrada. ¿Qué derecho se le está vulnerando a esta persona y que garantía jurisdiccionales puede interponer?
Respuesta:
Derecho vulnerado:
Respuestas
Este ciudadano podrá interponer una Acción de Habeas Data, es una acción jurisdiccional propia del derecho, normalmente constitucional, que confirma el derecho de cualquier persona física o jurídica para solicitar y obtener la información existente sobre su persona, y de solicitar su eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada. Este derecho aplica a información almacenada en registros o banco de datos de todo tipo, ya sea en instituciones públicas o privadas, y en registros informáticos o no. El derecho habeas data puede cobijar también el concepto de derecho al olvido, esto es, el derecho a eliminar información que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo y ha perdido su utilidad. En términos más específicos el habeas data es una acción que puede realizar cualquier ciudadano cuando sus datos no son válidos, alguna deuda que no sea real, etc.
Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley