• Asignatura: Derecho
  • Autor: giselahernadez
  • hace 8 años

Cuando se promueve la exhibición de protocolo de cualquier documento, ¿cómo se debe practicar la diligencia?

Respuestas

Respuesta dada por: alba1823
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Respuesta:

Artículo 197 Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Cuando pida la exhibición de un protocolo o de cualquier otro documento archivado, la diligencia se practicará en el oficio del notario o en la oficina respectiva, sin que, en ningún caso, salgan de ellos los documentos originales.

Explicación:

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