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Artículo 134. Todos los contratos que el gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras públicas serán adjudicados en subasta, mediante convocatorias y para que se presenten proposiciones en sobre cerrado, que será abierto en junta pública."
Este artículo así permaneció hasta el 28 de diciembre de 1982, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación su texto actual, que a la letra se cita:
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