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El 24 de marzo de 1976, el autodenominado “Proceso de Reorganización nacional” dio a conocer el comunicado Nº 19 mediante el cual indicaban que sería "reprimido con la pena de reclusión por tiempo indeterminado el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare comunicados o imágenes provenientes o atribuidas a asociaciones ilícitas o personas o grupos notoriamente dedicados a actividades subversivas o al terrorismo.” Por otro lado, también sería castigado “con reclusión de hasta diez años, el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare noticias, comunicados o imágenes, con el propósito de perturbar, perjudicar o desprestigiar las actividades de la Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales”. Inmediatamente después del golpe, el gobierno ideó un mecanismo de censura: antes de pasar por la imprenta, los diarios deberían enviar copias de prueba de su edición completa al gobierno militar para ser aprobada. El mecanismo alargaba tanto el proceso de edición e imprenta que duro apenas un día medio y en su lugar se establecieron determinados principios y criterios, resumidos en 14 máximas, que los medios deberían obedecer.