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Respuesta:
La Ley orgánica del trabajo, trabajadores y trabajadoras protege la familia venezolana en ocho artículos, garantizando la estabilidad laboral de madres y padres ya sea por embarazo, nacimiento, adopción y en especial si el trabajador o trabajadora tiene hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad. Conozca brevemente el articulado:
Artículo 336: Permiso prenatal de 6 semanas y 20 semanas de permiso posnatal para seis meses en total.
Artículo 339: Licencia de paternidad. Se otorga una licencia de 14 días al trabajador a partir del nacimiento del hijo o hija.
Artículo 340: Permiso de 26 semanas por adopción para la madre y 14 días para el padre.
Artículos 335 y 339: Inamovilidad laboral por nacimiento de hijo o hija hasta que cumpla los dos años de edad.
Artículos 343 y 344: El patrono que ocupe a más de veinte trabajadores y trabajadoras deberá mantener un centro de educación inicial que cuente con una sala de lactancia.
Artículo 347: Inamovilidad laboral permanente para la trabajadora o el trabajador que tenga hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad que le impida o dificulte valerse por sí misma o por sí mismo.
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