• Asignatura: Derecho
  • Autor: tatiluna6873
  • hace 8 años

reglamento de la ley de adquisiciones arrendamientos y servicios del sector público

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Respuesta dada por: rickyalejandro
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REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL

SECTOR PÚBLICO

TEXTO VIGENTE

Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2010

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la

República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en

ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 31, 34 y 37 de la Ley Orgánica de la

Administración Pública Federal, y todos los relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL

SECTOR PÚBLICO

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que propicien el

oportuno y estricto cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público.

Artículo 2.- Adicionalmente a las definiciones contenidas en el artículo 2 de la Ley, para los efectos

de este Reglamento se entenderá por:

I. Área contratante: la facultada en la dependencia o entidad para realizar procedimientos de

contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que

requiera la dependencia o entidad de que se trate;

II. Área requirente: la que en la dependencia o entidad, solicite o requiera formalmente la

adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquélla que los

utilizará;

III. Área técnica: la que en la dependencia o entidad elabora las especificaciones técnicas que se

deberán incluir en el procedimiento de contratación, evalúa la propuesta técnica de las

proposiciones y es responsable de responder en la junta de aclaraciones, las preguntas que

sobre estos aspectos realicen los licitantes; el Área técnica, podrá tener también el carácter de

Área requirente;

IV. Bienes: los que con la naturaleza de muebles considera el Código Civil Federal;

V. Comité: el comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios a que se refiere el artículo 22 de

la Ley;

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