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La ley 27.272 que instaurara el régimen de flagrancia en el ámbito nacional fue sancionada el día 7 de Septiembre de 2016, y publicada en el Boletín Oficial el día 1 de Diciembre de ese año, entrando en vigencia ese mismo día todo el articulado que modificaba o que se insertaba en el texto del ordenamiento procesal vigente (conf. Ley 23.984), dado que la mentada ley también modificaba el texto del próximo ordenamiento adjetivo sancionado mediante Ley 27.063, pero cuya fecha de entrada en vigencia se ha diferido sine die.
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