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Los reales de minas o el real de minas se establecía como las autoridades o legislaciones superiores españolas que se establecían de los subsuelos y las riquezas de estas eran propiedad de un rey.
Los distritos mineros y los reales de minas consistieron en mantener una mayor productividad minera, es decir, una gran división de minas la cual mantenía una actividad en específico.
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