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Respuesta:
El Órgano Jurisdiccional del Distrito Federal que interviene después del auto de apertura a juicio, ante él se llevara a cabo la etapa de desahogo de medios de prueba y también dictara y explicara la sentencia de primera instancia. Ante el tribunal de enjuiciamiento solo se desahogaran pruebas las cuales ya fueron admitidas en una etapa anterior llamada intermedia o preliminar. En esta etapa se interrogaran y contrainterrogaran los testigos, policías, peritos y todas aquellas personas que estén relacionadas con el hecho. El abogado Defensor y Ministerio Público deberán de presentar una técnica especializada en el procedimiento acusatorio ya que de ello dependerán las habilidades que muestren en el desahogo de las pruebas. El Juez o Jueces que integren el Tribunal de enjuiciamiento deberán de vigilar que se cumplan las formalidades de fondo y forma para evitar que sean revocadas en algún recurso que interpongan las partes como sería la apelación o incluso el amparo. En este mismo se dictara la sentencia y se le deberá de explicar al imputado a la víctima u ofendido que esta produce.
Explicación:
Respuesta:
Ante el tribunal de enjuiciamiento solo se desahogaran pruebas las cuales ya fueron admitidas en una etapa anterior llamada intermedia o preliminar. En esta etapa se interrogaran y contrainterrogaran los testigos, policías, peritos y todas aquellas personas que estén relacionadas con el hecho.