Qué derechos humanos considera usted que se vulneran al implementar la prision preventiva oficiosa y por qué.
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La Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) pidieron a la Cámara de Diputados no aumentar el catálogo de delitos para la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.
A través de una misiva que hizo llegar a los integrantes de la Cámara de Diputados, la ONU instó a los legisladores “a abstenerse de aprobar la extensión de los supuestos de aplicación de la prisión preventiva oficiosa establecidos en el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución”.
De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), “la prisión preventiva oficiosa es violatoria del artículo 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el cual establece que esta no debe ser la regla”.
También señaló que “diversos organismos internacionales especializados han determinado que la prisión preventiva oficiosa viola y vulnera varios derechos humanos”.
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“El fundamento de la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa radica en que la medida es violatoria del derecho a la libertad personal, vinculado al principio de presunción de inocencia”, detalló ONU-DH.
El caso de México no es la excepción: la ONU-DH denunció que alrededor del 38 % de las personas privadas de la libertad están aún bajo proceso, y aunque la población penitenciaria ha descendido en los últimos años, “el uso excesivo de la prisión preventiva que pudiera ser producto de la ampliación de los supuestos para su imposición podría llevar a un nuevo repunte” del número de presos.
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El organismo acusó que la prisión preventiva oficiosa “puede ser una medida a la que las autoridades recurren a fin de anticipar la imposición de penas y emplear las herramientas del derecho penal para fines ilegítimos, como la represión de movimientos sociales, de manifestaciones públicas, el ataque a activistas, opositores o defensores de derechos humanos”, entre otros.
En la misiva enviada por la ONU a los diputados, el organismo recordó que, en noviembre y diciembre de 2018, otros grupos de trabajo como el de Detención Arbitraria y su Oficina de Procedimientos Especiales también rechazaron la aprobación de esta reforma al artículo 19 constitucional.
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Por su parte, la CIDH indicó que el abuso de la prisión preventiva “ha sido una de las principales causas de la profunda crisis del sistema penitenciario en los países del continente americano”, pues ha provocado hacinamiento a las prisiones, lo que genera una amenaza para la integridad personal de las personas privadas de la libertad.
En un comunicado, la comisión informó que, después de analizar el uso de la prisión preventiva en la región, determinó que “no hay evidencia empírica alguna que demuestre que el aumento en el uso de la prisión preventiva lleva a reducir la violencia y la inseguridad”.
“Reconocemos los desafíos y obstáculos que enfrenta el Estado mexicano para garantizar la seguridad ciudadana”, expresó la CIDH, sin embargo, “dichos desafíos deben enfrentarse mediante acciones eficaces que se ajusten a los instrumentos internacionales, en particular a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
Este 22 de enero, el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Mario Delgado, confirmó que la reforma en materia de prisión preventiva oficiosa se discutirá en la primera sesión del periodo ordinario que inicia en febrero, y anunció que el dictamen original sea modificado para incluir más delitos.
Delgado recordó que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara dictaminó únicamente tres delitos originalmente propuestos por el presidente Andrés Manuel López Obrador: corrupción, delitos electorales y robo de combustible.
Sin embargo, dijo el diputado, llegó una comunicación por parte de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República para pedir que se apruebe la minuta que ellos enviaron en sus términos, es decir, incluir otros nueve delitos.
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