c) Explicá con tus palabras que quieren decir
las siguientes expresiones:
- Prácticas jurídicas, políticas, económicas y
culturales.
- Miembro competente de una sociedad.
- Derechos que influyen en la distribución
de recursos accesibles a personas y grupos
sociales.
- La existencia legal de los derechos
ciudadanos y el acceso real a esos derechos
Respuestas
Respuesta:
Una de las principales razones para el trato diferenciado entre derechos civiles y políticos, y DESC es histórica-política, íntimamente vinculada con la Guerra Fría. Sin embargo esas razones exceden el objeto de este estudio y carecen de mayor relevancia en la actualidad. Contemporáneamente puede afirmarse que el trato diferenciado de ambas categorías de derechos solo puede justificarse en la diferente redacción utilizada en los tratados internacionales de derechos humanos al regular la naturaleza obligaciones de los Estados Parte para cada categoría de derecho
tener la capacidad para aprender, identificar situaciones problemáticas, y usar lo que se sabe para resolverlas y continuar aprendiendo. Las competencias se desarrollan durante toda la vida, permitiendo a las personas resolver múltiples y diversos problema
a) Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,
b) Reconociendo que las Naciones Unidas, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en esos instrumentos, sin distinción de ninguna índole,
c) Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y a los documentos que, formando parte de un expediente, obren en los archivos administrativos, siempre que tales expedientes correspondan a procedimientos terminados en la fecha de la solicitud. El acceso a los documentos que contengan datos referentes a la intimidad de las personas estará reservado a éstas. El acceso a los documentos de carácter nominativo que sin incluir otros datos pertenecientes a la intimidad de las personas figuren en los procedimientos de aplicación del derecho y que, en consideración a su contenido, puedan hacerse valer para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo. El ejercicio de los derechos que establecen los apartados anteriores podrá ser denegado cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de terceros más dignos de protección o cuando así lo disponga una Ley, debiendo, en estos casos, el órgano competente dictar resolución motivada.
Explicación: