• Asignatura: Historia
  • Autor: jimmycrack934
  • hace 8 años

¿Cuales Son Las Diferencias Entre El Derrocamiento De Abdala Bucaran Y Jamil Mahuad?

Respuestas

Respuesta dada por: julexy2007
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Respuesta:

Casi seis meses estuvo en el poder Abdalá Bucaram, cuando el 6 de febrero de 1997 fue depuesto bajo el argumento de incapacidad mental para gobernar. Tras su destitución, el expresidente se exilió en Panamá acusado de peculado por el sobreprecio en el programa de la mochila escolar y presunto mal manejo de los gastos reservados. Bucaram ha argumentado que estos procesos ya prescribieron, pero la Corte Nacional de Justicia indicó que caducan a los 20 años de iniciado el juicio, es decir en el 2017, fecha en que podrá retornar al país libremente. La misma suerte corrió Jamil Mahuad tras ser acusado de malversación de fondos por los dos decretos que dieron paso al feriado bancario de 1999. El juicio contra Mahuad se inició en el 2000 y, bajo esta misma lógica, el exmandatario podría regresar a Ecuador en el 2020 sin tener que rendir cuentas a la justicia. A finales de 2011, la justicia ecuatoriana difundió una orden de captura contra Mahuad, pero la Interpol la desestimó al considerarla un hecho político. Mahuad al igual que Bucaram son requeridos por la justicia ecuatoriana. Bucaram se encuentra exiliado en Panamá desde hace 17 años, mientras que Mahuad permanece 14 años en Estados Unidos, donde trabaja como catedrático. En febrero de 2012, el ex presidente Jamil Mahuad ofreció disculpas por las medidas que tomó pero aclaró que fueron necesarias. En diciembre de ese mimo año, el presidente Rafael Correa dijo que sentía pesar por Mahuad, pues cree que no es una mala persona, sino que cometió graves errores que desembocaron en la crisis del 99. Con respecto a Bucaram, Correa ha cuestionado la forma como fue destituido al declararlo incapacitado mental sin un examen médico que lo avalara. También negó supuestos pactos con el Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE) e indicó que la única vez que habló con Bucaram fue el 2006, cuando le ofreció la candidatura presidencial por el PRE, propuesta que Correa rechazó. El 16 de enero del 2014, el presidente Correa remitió el veto parcial al Código Orgánico Integral Penal (COIP) con 73 cambios de forma y de fondo al proyecto. El documento incluye una modificación al sexto inciso del artículo 278 en referencia al peculado. La recomendación señala que la persona que obtenga o conceda créditos en perjuicio de la institución financiera será sancionada con prisión de 7 a 10 años. En el actual Código Penal, la figura de peculado (artículo 257) tiene una serie de tipos penales, por lo que en el nuevo proyecto se agrupó en un solo artículo, en el 278.

Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la siguiente dirección:

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