2. Óscar Moreno ha empezado a trabajar en la empresa Hoschild Mining PLC, el día 01 de Enero del 2018, con una remuneración mensual de S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles) ¿A cuánto asciende el monto por sus gratificaciones a Julio del 2019, teniendo en cuenta que no percibió ninguna, desde su ingreso al centro laboral? y ¿En qué meses habría tenido que abonarle y lo tendría que hacer respecto al año 2019?
Respuestas
El derecho a las gratificaciones legales tienen su base en la Ley 25.139 y en Decreto Supremo N° 061-89-TR .
Los trabajadores tienen el derecho de recibir dos gratificaciones en el año, una con motivo de fiestas patrias y la otra con ocasión de la navidad.
Estas gratificaciones serán abonadas en la primera quincena del mes de julio y de diciembre, según el caso.
Para tener derecho a la gratificación es requisito indispensable que el trabajador se encuentre efectivamente laborando en el mes en que corresponda percibir el beneficio o estar en uso del descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios correspondientes.
El monto de las gratificaciones estará integrado por la remuneraciones básicas y toda otra cantidad que en forma fija y permanente perciba el trabajador.
El monto es equivalente una remuneración en la oportunidad que corresponda pagar el beneficio.
El trabajador Oscar Moreno tiene pendiente por cobrar por concepto de gratificaciones no cancelas la cantidad de:
15/07/2018 S/ 4.500,00
15/12/2018 S/ 4.500,00
15/07/2019 S/ 4.500,00
Total S/ 13.500,00