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Respuesta:
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de la Fracción III del artículo 3º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, rige el Sistema para la Carrera
de las Maestras y los Maestro y establece los criterios, los términos y condiciones para
la Admisión para ejercer la función docente, la Promoción y el Reconocimiento.
Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social, y de
observancia general y obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto:
I. Establecer los principios y fines del Sistema para la Carrera de las Maestras y
los Maestros;
II. Definir los sujetos del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros;
III. Determinar la estructura y funcionamiento del Sistema para la Carrera de las
Maestras y los Maestros;
IV. Regular el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros;
V. Garantizar los derechos y regular las obligaciones de los docentes en los
procesos que establece el Sistema para la Carrera de las Maestras y los
Maestros, y
VI. Garantizar la transparencia, la equidad y la imparcialidad así como la rendición
de resultados en el funcionamiento del Sistema para la Carrera de las Maestras y los maestros
Explicación: