Respuestas
Código Civil y Comercial de la Nación de Argentina.
Libro Segundo, Relaciones de familia
Título I. Matrimonio. Capítulo 1. Principios de libertad y de igualdad.
Art. 402
Se refiere al principio de igualdad y no discriminación de los integrantes del matrimonio.
- Exige el derecho a la diferencia. Es decir, cada uno puede tomar decisiones sobre sí mismo.
- Garantía de igualdad de oportunidades
- Se garantiza la protección de los derechos fundamentales de los miembros de la familia, haciendo énfasis en aspectos como: protección de la vivienda y la obligación de contribuir a las cargas del hogar, entre otros.
- Prohíbe la discriminación por razones de género u orientación sexual
Este artículo tiene como fundamento reciente el antecedente del art. 42 de la ley 26.618, relacionado con los mismos derechos matrimoniales a parejas del mismo sexo.
ARTICULO 402. "Interpretación y aplicación de las normas. Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que éste produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo"