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están divididas en dos o más municipios, con la excepción de Distrito Nacional, que solo tiene un municipio - Santo Domingo. Los municipios son subdivisiones administrativas del país. La división de las provincias en los municipios se establece en la Constitución (Título I Sección IS artículo 12/2015),1en base a la ley 5220 sobre la división territorial de la República Dominicana (Ley No. 5220 Sobre la División Territorial de la República Dominicana) emitida en 1959 y modificada en numerosas ocasiones por la creación de nuevas provincias, municipios y unidades de nivel inferior de administración.
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