¡¡Ayuda!! Me pueden decir una introduccion para un folleto que trata de derechos humanos y constitucion politica??
Respuestas
Respuesta: puedes poner que son los derechos humanos Todos los derechos civiles y políticos garantizan nuestra capacidad para participar en la vida civil y política en condiciones de igualdad. Nadie (ni el Estado, ni una empresa, ni un grupo o una persona) puede privarnos de ellos. Nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Tenemos:
Derecho a la vida. Todos los seres humanos tenemos derecho a vivir libres y con seguridad. Nadie tiene derecho a privar de vida a otra persona y, sin embargo, todavía hay países donde se practica la pena de muerte. En Amnistía trabajamos para poner fin a las ejecuciones y abolir la pena capital en todo el mundo y en toda circunstancia, por ello celebramos recientemente que tres países —Guinea, Mongolia y Burkina Faso— abolieron la pena de muerte en la ley para todos los delitos. Gambia firmó un tratado internacional por el que se comprometió a no llevar a cabo ejecuciones y a adoptar las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su legislación, mientras que Guatemala se convirtía en abolicionista para los delitos comunes.
Derecho a no ser sometido ni sometida a esclavitud ni servidumbre. Hay Estados, empresas y grupos armados, entre otros agentes, que no lo respetan. Paul, de 14 años de edad y huérfano, empezó en la minería a los 12 y explicó al equipo de investigación de Amnistía que, debido al largo tiempo que pasaba bajo tierra, se encontraba siempre enfermo: “Pasaba 24 horas allí abajo, en los túneles. Llegaba por la mañana y me marchaba a la mañana siguiente [...] Tenía que hacer mis necesidades allí abajo [...]".
Derecho a no recibir daños ni torturas. La tortura sigue siendo un método utilizado para aterrorizar y disuadir a personas de emprender acciones consideradas “amenazantes” por muchos gobiernos. Les ocurre a defensores y defensoras de derechos humanos, pero también a otras personas como Moses, un estudiante de Nigeria:
Explicación:una constitucion politica Artículo 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Artículo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.
Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.
Artículo 6. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Artículo 9. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.
De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.
Artículo 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.
esperoo te sirva bye