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Respuesta:
No son ciudadanos quienes residen temporalmente en una similar sociedad y cuando terminan su asunto se alejan, ni quienes han sido desposeídos o cesados. También se indica que los menores y los sirvientes no son ciudadanos propiamente dichos, sino que lo son en cuanto pasan a ser miembros de la familia de un ciudadano.
En la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), se liga el concepto de derechos con ciudadanía y se afirma que los derechos del hombre son «naturales, inalienables y sagrados», y que todos los hombres «nacen libres e iguales».4
El Diccionario de Julio Casares define el término como El que está en posesión de los derechos de la ciudadanía.5|| También define el adjetivo ciudadano como natural o vecino de una ciudad, o perteneciente a una ciudad.