28. Desde los Juicios de Núremberg de 1945, se definió como crimen contra la humanidad o crimen de lesa humanidad toda con-
ducta de asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra los civiles, o a cualquier persecu-
ción por motivos religiosos, raciales o políticos. Además, se estableció que estos crímenes serían considerados imprescriptibles.
Según esto, puede inferirse que para clasificar un crimen en esta categoría, este debe
A. haber sido realizado por funcionarios públicos al servicio de un régimen totalitario.
B. ser juzgado por las autoridades varios años después de ocurrido.
C. ser siempre un acto violento realizado por las fuerzas militares de un país en tiempos de guerra.
D. tener siempre como víctima o sujeto pasivo a la población civil
Respuestas
Respuesta dada por:
8
Respuesta:
D. tener siempre como víctima o sujeto pasivo a la población civil
Explicación:
No se podría considerar "lesa humanidad" si el ataque no fuese hacia una población civil. La opción D es la correcta.
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