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La protección que establece el Derecho Internacional Humanitario en el marco teórico resulta muy diferente cuando tiene que convertirse en una cuestión práctica. El respeto a la vida y a la integridad física y moral de las personas protegidas por el DIH no siempre se cumple. Podemos encontrar numerosos casos en los que se producen violaciones del ius in bellum, que en algunas ocasiones son de tal gravedad que adquieren el status de ‘crímenes de guerra’. La mayoría de las víctimas de estas violaciones son parte de la población civil. La situación en la que estas reglas deben aplicarse es de una enorme complejidad, lo que dificulta una protección efectiva. Para evitar las conculcaciones, los gobiernos deben tomar medidas para fomentar el conocimiento y el respeto del DIH. Entre los principales objetivos de estas acciones, deben estar sus Fuerzas Armadas, que en caso de conflicto armado se convierten en los actores más relevantes y con mayor responsabilidad a la hora de respetar las normas internacionales para proteger a los civiles y a los heridos.
En caso de violaciones de infracciones del DIH, los Estados deben tener desarrollado un cuerpo normativo sólido y preciso que castigue las violaciones de las Convenciones de Ginebra y de La Haya, a fin de penar los crímenes de guerra con severidad y las violaciones de la protección de los emblemas de los cuerpos humanitarios del Comité Internacional de la Cruz Roja. Cabe destacar, también, la importancia de las labores de prevención por parte de los gobiernos para fomentar la información entre el público general del DIH y la concienciación entre toda la población de la importancia vital de que éste se respete, incluso en las situaciones más extremas.
existen diferentes tribunales encargados de castigar a aquellos individuos o Estados que no cumplan con las normas del Derecho Internacional Humanitario, destacando la Corte Penal Internacional, la cual nació con el Estatuto de Roma de 1998, o los tribunales para juzgar conflictos ad hoc como los mencionados anteriormente de Rwanda o Yugoslavia.
Sin embargo, a la hora de perseguir a los responsables de violaciones del DIH, aparecen numerosos obstáculos: la falta de voluntad política por parte de los Estados para juzgarlos o ponerlos a disposición de la justicia internacional, una aplicación inadecuada de la ley a nivel internacional, leyes nacionales que establecen límites para juzgar a estos criminales, la concesión de amnistías, procesos con una duración demasiado larga o los altos costes que suponen. Precisamente, debido a la ausencia de resultados tempranos de la aplicación de la justicia, se transmite una sensación de impunidad y falta de castigo a los sospechosos de haber cometido estas infracciones, lo que lleva a muchas personas a perder la fe y la confianza en estos sistemas de castigo y control.
Desde que Henri Dunant diese los primeros pasos en la protección de las partes no beligerantes en los conflictos armados, se ha avanzado de manera más que significativa en este campo y actualmente existe un marco legal sólido y muy preciso que permite establecer una seguridad jurídica de gran relevancia. Su aplicación práctica sigue constituyendo a día de hoy un desafío, especialmente debido a las constantes amenazas que surgen en el panorama internacional, como es el terrorismo internacional que se presenta como polimorfo y de una gran diversidad, haciendo aún más compleja la aplicación de estas normas. La comunidad internacional debe continuar ampliando el marco normativo para adaptarse a los desafíos actuales, huyendo de tratados generalistas, dando lugar así a un Derecho Internacional Humanitario actualizado y preparado para dar respuestas específicas a los nuevos actores que forman parte de los conflictos armados y que lleva a cabo acciones que ponen en riesgo a la población civil, los objetos básicos para la supervivencia de las personas y los bienes culturales de gran valor para toda la humanidad.
Para ello, el papel que ha venido desempeñando desde el siglo XIX el Comité Internacional de la Cruz Roja debe ser reconocido y fomentado para que dé respuesta a los nuevos retos a los que la comunidad internacional debe hacer frente en este momento histórico y en el que la reducción del sufrimiento de la población civil debe ser el principal foco de actuación una vez se ha iniciado un conflicto armado. Que esta organización disponga de todos los medios necesarios para llevar a cabo su labor de información, prevención, divulgación y actuación sobre el terreno, es una cuestión que puede afectar a la vida de miles de personas que se ven envueltas en las atrocidades que supone vivir una guerra en primera persona y que debe ser protegida y atendida de manera efectiva y rápida para mitigar un daño que se incrementa cada día.