Respuestas
Respuesta:
* Los miembros de la Fuerza Pública, es decir, las Fuerzas Militares y la Policía. Ellos no podrán sufragar mientras permanezcan en servicio activo ni intervenir en actividades de partidos o movimientos políticos. Art. 219 de la Constitución Nacional: La fuerza pública no es deliberante...los miembros de la fuerza pública no podrán ejercer la función del sufragio...
* Los interdictos de los derechos y funciones públicas de acuerdo con el artículo 50 del Código Penal.
* Sólo los condenados están impedidos para votar.
* Los que simplemente se encuentran detenidos en establecimientos de reclusión, cárceles o reformatorios pueden hacer uso del derecho a sufragar, siempre y cuando la Registraduría Nacional establezca los medios adecuados para que lo hagan dentro del sitio de reclusión. Los que simplemente tienen una sindicación pueden ejercer el derecho.
*ciudadanos con discapacidad mental (o intelectual)
Respuesta:
poblacion
Explicación: