Un empleador cuenta solo con 2 empleados y considera que son muy pocos trabajadores para tener un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo; teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, Usted le recomendaría a este empleador que:

Respuestas

Respuesta dada por: marian202023
85

Respuesta:

El Decreto 1072 de 2015, en el Artículo 2.2.4.6.8. cita las OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES. En este numeral se enfatiza muy bien que el “empleador” tiene la obligación de cumplir o brindar toda la protección en temas de seguridad y la salud para los trabajadores.

Por lo tanto, dentro de la empresa, el “empleador” tendrá que cumplir con ciertas obligaciones puntuales, y aunque el numeral cite tan solo 11 puntos, en toda la sección del 2.2.4.6, se alcanzan a citar más de cincuenta (50) “debes”, es decir, requisitos obligatorios por parte del empleador. Es importante partir de aclarar el concepto de “empleador” y quienes serían (según los cargos en su organización) a los que les aplica este artículo.

El “empleador” es la persona física o conjunto de ellas, o persona jurídica, tenga o no personalidad jurídica propia, que requiera los servicios de un trabajador

Respuesta dada por: krerivas
3

En virtud de que el empleador únicamente cuenta con dos empleados y debe implementar de forma obligatoria Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, considerando lo propuesto en el Decreto 1072 de 2015, se recomienda:

  • Adaptar el sistema al tamaño y naturaleza de la organización.

¿Quiénes están obligados a adoptar el SG-SST?

  • Empresas públicas y privadas.
  • Contratistas que se encuentren bajo la modalidad de contrato comercial, administrativo o civil.
  • Organizaciones que presten servicios temporales.
  • Empresas de economía solidaria.
  • Cooperativas.

➡️ Conoce más sobre los sistemas de gestión aquí: brainly.lat/tarea/59137175

Adjuntos:
Preguntas similares