Un empleador cuenta solo con 2 empleados y considera que son muy pocos trabajadores para tener un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo; teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, Usted le recomendaría a este empleador que:
Respuestas
Respuesta:
El Decreto 1072 de 2015, en el Artículo 2.2.4.6.8. cita las OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES. En este numeral se enfatiza muy bien que el “empleador” tiene la obligación de cumplir o brindar toda la protección en temas de seguridad y la salud para los trabajadores.
Por lo tanto, dentro de la empresa, el “empleador” tendrá que cumplir con ciertas obligaciones puntuales, y aunque el numeral cite tan solo 11 puntos, en toda la sección del 2.2.4.6, se alcanzan a citar más de cincuenta (50) “debes”, es decir, requisitos obligatorios por parte del empleador. Es importante partir de aclarar el concepto de “empleador” y quienes serían (según los cargos en su organización) a los que les aplica este artículo.
El “empleador” es la persona física o conjunto de ellas, o persona jurídica, tenga o no personalidad jurídica propia, que requiera los servicios de un trabajador
En virtud de que el empleador únicamente cuenta con dos empleados y debe implementar de forma obligatoria Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, considerando lo propuesto en el Decreto 1072 de 2015, se recomienda:
- Adaptar el sistema al tamaño y naturaleza de la organización.
¿Quiénes están obligados a adoptar el SG-SST?
- Empresas públicas y privadas.
- Contratistas que se encuentren bajo la modalidad de contrato comercial, administrativo o civil.
- Organizaciones que presten servicios temporales.
- Empresas de economía solidaria.
- Cooperativas.
➡️ Conoce más sobre los sistemas de gestión aquí: brainly.lat/tarea/59137175