si usted es sorprendido realizando actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad, será objeto de la siguiente medida correctiva:
Respuestas
Cualquier persona que sea sorprendida cometiendo actos contrarios a las normas puede ser retenido por las autoridades competentes y llevado a algún organismo público de seguridad para que aclare las razones de esta situación. Las medidas correctivas pertinentes las determinará el marco legal vigente en el contexto.
Generalmente el ordenamiento jurídico de cada contexto especifica las medidas a tomar en el caso, como el que se menciona, de alteración del orden público a través de actos que representan faltas a la moral y las buenas costumbres.
Este tipo de alteraciones infringen las normas legales o morales y generan molestia (por ser la sexualidad un aspecto de la vida privada), pueden poner en peligro a la comunidad (puede tratarse de un agresor sexual), es contrario a las ordenanzas locales (generalmente las ordenanzas o normas locales exponen los hechos considerados como irrespetuosos para los ciudadanos) o que resulte una amenaza para la alteración de la paz (los vecinos pudieran tomar la justicia por su propia mano), el orden (evidentemente es una alteración del orden público), la sana convivencia (este tipo de acciones deterioran la convivencia) o la salud mental de las personas (este tipo de actos lesiona la salud mental especialmente de los niños), muy probablemente deba enfrentar cargos por algún delito de acuerdo al marco legal contextual.
Generalmente la medida correctiva es la retención temporal de la persona y su traslado a un organismo de seguridad para respetar el derecho a la defensa y explicar los motivos por los que se encontraba en esta situación. Posteriormente aplicar las sanciones a que haya lugar, que dependiendo de la gravedad del asunto serían desde las mas leves (una multa, por ejemplo) hasta la remisión del caso a atención psiquiátrica, con las advertencias pertinentes en caso de reincidencia.