es la actividad lícita, desarrollada por las personas naturales y jurídicas, en cualquier lugar y sobre cualquier bien, sea comercial, industrial, social, de servicios, de recreación o de entretenimiento; de carácter público o privado o en entidades con o sin ánimo de lucro, o similares o que siendo privados, sus actividades trasciendan a lo público.
Respuestas
"la actividad lícita, desarrollada por las personas naturales y jurídicas, en cualquier lugar y sobre cualquier bien, sea comercial, industrial, social, de servicios, de recreación o de entretenimiento; de carácter público o privado o en entidades con o sin ánimo de lucro, o similares o que siendo privados, sus actividades trasciendan a lo público."
El contenido de este enunciado corresponde al articulo 83, capitulo I, titulo VIII del Código Nacional de Policía y Convivencia , emitido en el decreto ley número 1801 publicado en fecha 29 de julio de 2.016 en Colombia.
El Código Nacional de Policía y Convivencia es una herramienta con la que cuentan todos los habitantes del territorio y las autoridades de Colombia para resolver los conflictos que afectan la convivencia y con la cual se puede evitar que las conductas y sus consecuencias trasciendan a un problema de carácter judicial y penal. El conocimiento y aplicación de esta normativa permitirá generar las condiciones de seguridad y tranquilidad de todos los ciudadanos en Colombia.