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SENTENCIA EXPEDIDA POR EL VISITADOR GENERAL DEL REINO JOSÉ ANTONIO DE ARECHE CONTRA JOSÉ GABRIEL TUPAC AMARU.
En el Cusco, 15 de mayo de 1781.
"En la causa criminal que sobre mí pende y se ha seguido de oficio de la real justicia contra José Gabriel Tupa Amaro, cacique del pueblo de Tungasuca en la provincia de Tinta, por el horrendo crimen de rebelión o alzamiento general de los indios, mestizos y otras castas, pensado más ha de cinco años y ejecutado en casi todos los territorios de este virreinato y el de Buenos Aires, con la idea (en que está convencido) de quererse coronar señor de ellos y libertador de las que llamaba miserias de estas clases de habitantes que logró seducir, a la cual dió principio con ahorcar a su corregidor don Antonio de Arriaga..."
"...reflexionando juntamente el infeliz y miserable estado en que quedan estas provincias que alteró y con dificultad subsanarán o se restablecerán en muchos años de los perjuicios causados en ellas por el referido José Gabriel Tupac Amaro, con las detestables máximas esparcidas y adoptadas en los de su nación y socios y confederados a tan horrendo fin; y mirando también a los remedios que exige de pronto la quietud de estos territorios, el castigo de los culpados, la justa subordinación a Dios, al rey y a sus ministros, debo condenar y condeno a ]osé Gabriel Túpac Amaro a que sea sacado a la plaza principal y publica de esta ciudad, arrastrado hasta el lugar del suplicio, donde presencie la ejecución de las sentencias que se dieren a su mujer, Micaela Bastidas, sus dos hijos, Hipólito y Fernando Tupac Amaro, a su tío Francisco Tupac Amaro, a su cuñado Antonio Bastidas, y a algunos de los otros principales capitanes y auxiliadores de su inicua y perversa intención o proyecto, los cuales han de morir en el propio día, y concluidas estas sentencias, se le cortará por el verdugo la lengua, y después, amarrado o atado por cada uno de los brazos y pies con cuerdas fuertes, y de modo que cada una de estas se pueda atar o prender con facilidad a otras que pendan de las cinchas de cuatro caballos, para que, puesto de este modo, o de suerte que cada uno de estos tire de su lado mirando a otras cuatro esquinas o puntas de la plaza, marchen, partan o arranquen a una voz los caballos de forma que quede dividido su cuerpo en otras tantas partes, llevándose éste luego que sea hora al cerro o altura llamada de Piccho, a donde tuvo el atrevimiento de venir a intimidar, sitiar y pedir que se le rindiese esta ciudad, para que allí se queme en una hoguera que estará preparada, echando sus cenizas al aire, y en cuyo lugar se pondrá una lápida de punta que exprese sus principales delitos y muerte, para sólo memoria y escarmiento de su execrable acción.
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sentencia expedidada por el visitador general del reino jose antonio de areche contra jose gabriel tupac amaru.
en el cusco 15 de mayo de 1781