Respuestas
ARTÍCULO 1º.- FINALIDAD
El presente Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS), tiene por finalidad establecer el
régimen jurídico aplicable en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Imperial, para la imposición Y ejecución
de sanciones y medidas correctivas, ante el incumplimiento de obligaciones de carácter administrativo y
tributario, que se encuentren establecidas en normas municipales y otros dispositivos legales de alcance
nacional siempre que la facultad sancionadora no se haya conferido en forma exclusiva a otra entidad.
ARTÍCULO 2º.- ALCANCES Y PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA MUNICIPALIDAD
Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán a toda persona natural o jurídica, pública o privada y/o
de cualquier otra índole, aún cuando no tuvieran constituido domicilio legal y/o real dentro del distrito de
Imperial. El procedimiento sancionador que regula la presente norma, se rige por los principios de legalidad,
razonabilidad, tipicidad, irretroactividad, causalidad, presunción de licitud y los demás principios generales del
Derecho Administrativo que resulten aplicables y se desarrolla dentro del marco del debido proceso,
garantizando los derechos ciudadanos y la protección del interés general.
ARTÍCULO 3º.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
En los casos en que el incumplimiento de las obligaciones previstas en un dispositivo legal, corresponda a
varias personas, éstas responderán solidariamente, por las consecuencias de las infracciones que cometan.
Son responsables solidarios el infractor directo y el titular del predio y/o conductor del negocio en donde se
produzca la infracción administrativa.
Tratándose de personas jurídicas, son responsables solidarios por las infracciones que cometan los
representantes legales; los mandatarios y/o gestores de negocios y, albaceas respecto a personas naturales.
La resolución que impone la sanción y/o medida correctiva, deberá señalar motivadamente y en forma
expresa la calidad de responsable solidario. ESPERO K TE SIRVA BRO :V
Podemos expresar que el tipo de sanción que se le aplica a un infractor de la ley depende principalmente del tipo de infracción, destacando otros puntos implícitos como:
- Aquellos involucrados.
- Daños generados.
- Daños secundarios.
- Gastes para el estado.
- Gastos privados.
- Entre otros.
Comprendiendo de esta forma que toda infracción conlleva una sanción validada por múltiples factores y/o daños y prejuicios generados por el infractor.
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