Respuestas
Respuesta:
1. Recibir informes de todas las investigaciones y sentencias de la justicia ordinaria por conductas relacionadas en el contexto y en razón del conflicto armado, así como de las organizaciones de víctimas y derechos humanos.
2. Decidir si los hechos y conductas atribuidas a las distintas personas son competencias de la JEP por haber sido cometidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
Una vez recibida la información anterior, recibir los reconocimientos de verdad y responsabilidad, una vez las responsabilidades sean individualizadas, cada persona podrá aceptar responsabilidad o manifestar su desacuerdo con dicha individualización.
3. Contrastar y cotejar los reconocimientos con la información recibida.
4. Presentar una resolución de conclusiones ante el tribunal con énfasis en la identificación de los casos más graves y representativos, la individualización de las responsabilidades, en particular de quienes tuvieron una participación determinante, los reconocimientos de la verdad y responsabilidad, la calificación jurídica y la identificación de las sanciones correspondientes.
5. Remitir a la unidad de investigación y acusación los casos en los que haya reconocimiento de responsabilidad para que ésta, de existir mérito, inicie el procedimiento correspondiente ante el tribunal.
6. Remitir a la sala de amnistía e indulto el listado de los posibles beneficiados.
7. Remitir a la sala de definición de situaciones jurídicas los listados de quienes no son objeto de indulto o amnistía y no serán incluidos en la resolución de conclusiones.
SALA DE AMNISTIA E INDULTO
1. Dar trámite a solicitudes de amnistía e indulto que sean presentadas a la Sala de Amnistía o Indulto, previo el trámite judicial pertinente al interior de la Secretaría Judicial y de conformidad con la normatividad interna de la Jurisdicción Especial para la Paz.
2. Proferir decisiones que concedan o nieguen amnistías o indultos, de conformidad con lo establecido en la Ley 1820 de 2016 y en la normatividad interna de la Jurisdicción Especial para la Paz.
3. Dar trámite a solicitudes de libertad de personas a las que les alcance los efectos de la amnistía o el indulto, previo el trámite judicial pertinente al interior de la Secretaría Judicial.
SALAS DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS
Esta sala definirá la situación jurídica de quienes no sean objeto de amnistía o indulto, ni hayan sido incluidos en la resolución de conclusiones de la SRVR. Para tal efecto esta sala adoptará las resoluciones necesarias para definir la situación jurídica de estas personas, incluyendo aplicar mecanismos de cesación de procedimientos y de renuncia al ejercicio de la acción judicial.
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN
Frente a los casos que no haya habido reconocimiento, sus funciones son:
Investigar y de existir mérito, acusar ante el tribunal de paz.
Decidir sobre las medidas de protección a víctimas y testigos y la adopción de medidas de aseguramiento y cautelares en caso de ser necesario.
Remitir casos a la sala de definición de situaciones jurídicas a la sala a de amnistía e indulto, cuando considere que no es necesario investigar o acusar.
Debería contar con un equipo de investigación técnico forense y con un equipo de investigación especial para casos de violencia sexual.
OJALA TE SIRVA PARA ALGO