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- legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir: un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.[1] Según el jurista panameño, César Quintero, la ley es una «norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano, Andrés Bello, definió a la ley como «Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite». Para Bello, lo decisivo para calificar a un acto como una ley, es la forma en que se gesta y no la naturaleza de la disposición en él contenida.[2]
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