• Asignatura: Derecho
  • Autor: DANIELADV
  • hace 8 años

art 46 constitucion politica POR FAVOR URGENTE​

Respuestas

Respuesta dada por: betsy1994
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Respuesta:Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

Explicación:

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