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El tributarista Jorge Picón, socio del estudio Picón & Asociados, explica que las empresas (sociedad y personas con negocio) por la venta de bienes y prestación de servicios deben agregar a su valor de venta el 18% por concepto de IGV.
Asimismo, afirma que la empresa está obligada a declarar y pagar mensualmente el IGV de la forma como indica la SUNAT. El especialista agrega que la SUNAT tiene diversos mecanismos para verificar el pago de los impuestos bajo su administración, tales como cruces de información, entre otros. En ese sentido, Picón recomienda a los empresarios mantener ordenados los libros contables y declaraciones juradas, así como planificar financieramente las operaciones futuras
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