explicación del articulo 80 de la constitución política de Colombia, de verdad ayudaaa.

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Respuesta dada por: KevinStudios
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Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.

De lo que dice, básicamente nos da a conocer que el estado es el encargado de brindar todo el apoyo frente a los recursos naturales del país y de las zonas fronterizas, pudiendo de esta manera el poder sancionar a todo aquel que cause algún deterioro a los recursos naturales, como es el caso de la minería ilegal.


mgarciayepes1: de verdad muchas gracias me salvaste la vida
KevinStudios: De nada amigo, y suerte con tu tarea :)
mgarciayepes1: jajajaj obvio si en eso si me va a ir bien ten lo por seguro, pero es que tengo demasiadas preguntas y es para mañana por eso busco este sitio
Respuesta dada por: gutierrezcuellomarlo
4

Respuesta:

Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para

garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones

legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las

zonas fronterizas

Explicación:

dame coronita pls

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