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En el ordenamiento jurídico, la mayoría de edad es una condición para determinar la plena capacidad de obrar de la persona que consta en alcanzar una edad cronológica establecida a partir de su nacimiento. La figura está motivada en la necesidad de que la persona haya adquirido una madurez intelectual y física suficiente como para tener una voluntad válida para obrar algunos actos que antes no podía por sus carencias nombradas anteriormente.
En gran parte del mundo la edad a partir de la cual un individuo se considera plenamente capaz está habitualmente comprendida entre los 18 y los 21 en el caso de los hombres y 18 años en las mujeres. En algunas partes de África la mayoría de edad se alcanza a los 13 años mientras que en la mayoría de los países occidentales se alcanza a los 18 o 21 años.
Cuando una persona alcanza la mayoría de edad se presume que tiene plena capacidad de obrar, salvo que medie algún tipo de incapacidad legal. A partir de esa mayoría de edad se adquieren responsabilidades y obligaciones, pero también mayores derechos y privilegios.1
En un régimen democrático, la mayoría de edad otorga a la persona natural los derechos políticos; es decir, la potestad de elegir y de ser elegido, y la de participar dentro de la organización estatal como funcionario, empleado o agente directo o indirecto, así como la de contratar por sí mismo y la potestad de representar a otro. A estas facultades comúnmente se les conoce como ciudadanía.
La mayoría de edad no debe confundirse con la edad de consentimiento sexual, edad para contraer matrimonio, edad de escolarización obligatoria, edad para beber, edad para conducir, edad para votar, edad para fumar, edad de juego, etc., cada una de estas puede ser o no independiente y diferente a la edad a partir de la mayoría de edad, según el ordenamiento de cada estado.
Aunque una persona puede alcanzar la mayoría de edad en una jurisdicción en particular, aún puede estar sujeta a restricciones basadas en la edad con respecto a asuntos tales como el derecho a votar o presentarse a cargos electivos, actuar como juez, servir en determinados cargos públicos y muchos otros.
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