alguien me puede decir el análisis del articulo 174 de la constitucion de la república bolivariana de Venezuela
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El gobierno y la administración del Municipio corresponderán al Alcalde o Alcaldesa, quien será también la primera autoridad civil. Para ser Alcalde o Alcaldesa se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar. El Alcalde o Alcaldesa será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido o reelegida mira el analisis es que las primeras autoridades civiles se respetaran entre si con otros paises y mas con colombia
jhosuaisaiasowl4i7:
ah falto algo :/ ... el analisis :/
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