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6
LEY DE DESARROLLO AGRARIO,
CODIFICACION: Arts. 51.
* LEY DE SEGURIDAD SOCIAL: Arts. 2.
* LEY DE EXTRANJERIA, CODIFICACION:
Arts. 11.
* LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Arts.
376.
* LEY DE CONTROL CONSTITUCIONAL:
Arts. 1, 46.
* CODIGO PENAL: Arts. 213.
Art. 4.- El Ecuador en sus relaciones
con la comunidad internacional:
1. Proclama la paz, la cooperación como
sistema de convivencia y la igualdad jurídica
de los estados.
2. Condena el uso o la amenaza de la
fuerza como medio de solución de los
conflictos, y desconoce el despojo bélico
como fuente de derecho.
3. Declara que el derecho internacional es
norma de conducta de los estados en sus
relaciones recíprocas y promueve la solución
de las controversias por métodos jurídicos y
pacíficos.
4. Propicia el desarrollo de la
comunidad internacional, la estabilidad y el
fortalecimiento de sus organismos.
5. Propugna la integración, de manera
especial la andina y latinoamericana.
6. Rechaza toda forma de colonialismo,
de neocolonialismo, de discriminación o
segregación, reconoce el derecho de los
pueblos a su autodeterminación y a liberarse
de los sistemas opresivos.
CONCORD:
* LEY DE EXTRANJERIA, CODIFICACION:
Arts. 3.
* CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:
Arts. 6.
* CODIGO PENAL: Arts. 123, 212- A.
* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE: Arts. 4.
CODIFICACION: Arts. 51.
* LEY DE SEGURIDAD SOCIAL: Arts. 2.
* LEY DE EXTRANJERIA, CODIFICACION:
Arts. 11.
* LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Arts.
376.
* LEY DE CONTROL CONSTITUCIONAL:
Arts. 1, 46.
* CODIGO PENAL: Arts. 213.
Art. 4.- El Ecuador en sus relaciones
con la comunidad internacional:
1. Proclama la paz, la cooperación como
sistema de convivencia y la igualdad jurídica
de los estados.
2. Condena el uso o la amenaza de la
fuerza como medio de solución de los
conflictos, y desconoce el despojo bélico
como fuente de derecho.
3. Declara que el derecho internacional es
norma de conducta de los estados en sus
relaciones recíprocas y promueve la solución
de las controversias por métodos jurídicos y
pacíficos.
4. Propicia el desarrollo de la
comunidad internacional, la estabilidad y el
fortalecimiento de sus organismos.
5. Propugna la integración, de manera
especial la andina y latinoamericana.
6. Rechaza toda forma de colonialismo,
de neocolonialismo, de discriminación o
segregación, reconoce el derecho de los
pueblos a su autodeterminación y a liberarse
de los sistemas opresivos.
CONCORD:
* LEY DE EXTRANJERIA, CODIFICACION:
Arts. 3.
* CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:
Arts. 6.
* CODIGO PENAL: Arts. 123, 212- A.
* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE: Arts. 4.
matias3433:
todo estaba aqui
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0
lo que debemos hacer , lo que no debemos hacer , respeto son las que me acuerdo
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