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53
Un cantón en una entidad territorial, es decir, en ellos se divide el territorio específico de un país. Actualmente existen muy pocos casos dónde los países se dividan en cantones. Si vamos por continentes.
En América hay cantones en los siguientes países
-Bolivia
-Ecuador
-El Salvador
-Costa Rica
-Canadá
En Europa hay cantones en:
-Bélgica
-Bosnia-Herzegovina
-Francia
-Luxemburgo
-Suiza
Y existen casos en países que actualmente ya no existen, dónde se hacían divisiones en cantones, como es el caso de La Gran Colombia y La Unión Soviética.
Usualmente la figura de autoridad gubernamental en un país la ejerce, el presidente o primer ministro, de allí partes las divisiones, como gobernadores, y alcaldes, que ejercen la máxima autoridad en estados y municipios respectivamente, al menos en el caso de Venezuela.
Para un cantón en el caso de Ecuador, es el alcalde o alcaldesa quien ejerce la máxima autoridad del mismo, que a su ves es líder del consejo cantonal y es electo a través del voto.
Espero haber sido de ayuda, saludos...
En América hay cantones en los siguientes países
-Bolivia
-Ecuador
-El Salvador
-Costa Rica
-Canadá
En Europa hay cantones en:
-Bélgica
-Bosnia-Herzegovina
-Francia
-Luxemburgo
-Suiza
Y existen casos en países que actualmente ya no existen, dónde se hacían divisiones en cantones, como es el caso de La Gran Colombia y La Unión Soviética.
Usualmente la figura de autoridad gubernamental en un país la ejerce, el presidente o primer ministro, de allí partes las divisiones, como gobernadores, y alcaldes, que ejercen la máxima autoridad en estados y municipios respectivamente, al menos en el caso de Venezuela.
Para un cantón en el caso de Ecuador, es el alcalde o alcaldesa quien ejerce la máxima autoridad del mismo, que a su ves es líder del consejo cantonal y es electo a través del voto.
Espero haber sido de ayuda, saludos...
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40
La máxima autoridad de un cantón es el alcalde o la alcaldesa. Basándonos en el Código Orgánico Organización Territorial Autonomía Descentralización del Ecuador, tenemos en la Sección Tercera que:
Del Alcalde o Alcaldesa
Art. 59.- Alcalde o alcaldesa.- El alcalde o alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado municipal, elegido por votación popular de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la ley de la materia electoral.
En ese sentido, el Ecuador tiene 221 cantones.
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