Respuestas
Está integrado por la Prefecta o Prefecto, Viceprefecta o Viceprefecto, y por Alcaldes, Alcaldesas y Presidentes y Presidentas de las Juntas Parroquiales que conforman el Consejo Provincial. Duran cuatro años en sus funciones. La elección de Prefectos y Viceprefectos se realiza mediante votación popular.
Las autoridades principales de los consejos provinciales son: El prefecto, el viceprefecto, alcaldes concejales y representantes parroquiales.
Los consejos provinciales corresponden a los consejos de la alcaldía que se encargan de regular las funciones y facultades como: Emitir informes de consultas estadales, administrar los órganos y entidades civiles, aprobar las memorias anuales de las alcaldías, organizar los órganos de mediación para solucionar los conflictos que puedan suscitarse.