Respuestas
La ley orgánica de elecciones(LOE), está facultada y respaldada por el Jurando Nacional de Elecciones(JNE), quien a través de sus representantes tales como el presidente de JNE, Francisco Tabara Cordova, lo aplica a diario o a cada momento electoral; ya sea para las elecciones, observaciones o juicios de valor de un político.
El artículo 177 de la Constitución Política vigente determina un sistema tricéfalo, por lo que establece que conforman el sistema electoral peruano tres órganos: El Jurado Nacional de Elecciones JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
I.El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que conforme lo establece su Ley Orgánica, es un organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público siendo sus funciones más importantes:
La fiscalización de los procesos electorales y de las consultas populares
El mantenimiento y custodia del registro de organizaciones políticas
Entre otras que dispone la Constitución y las leyes
II. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), tiene como función la de organizar los procesos electorales, de referéndum y otras consultas populares. Así mismo diseña la cédula de sufragio y suministra el material electoral que se utiliza en los procesos electorales. A diferencia del Jurado Nacional de Elecciones, que es un órgano colegiado, al frente de la ONPE se ubica un Jefe cuyo nombramiento recae sobre el Consejo Nacional de la Magistratura.