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Respuesta dada por:
15
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
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54
1.-Derecho a una identidad y la obligación de respetar tu identidad cultural
2.-Derecho a tener una familia que los quiera, respeto a tus padres
3.-Derecho a una vida segura y saludable, la obligación de cuidar la salud
4.-Derecho a la educación, artículo 3 de la Constitución,la obligación de estudiar
5.-Derecho a protegerlos contra la descriminación, la obligación de respetar a las personas diferentes.
6.-Derecho a jugar y participar en actividades culturales y artísticas, la obligación de cuidar de tus juguetes y de no lastimar a los niños
7.-Derecho a una buena alimentación, la obligación de comer bien
8.-Derecho a un nombre y una nacionalidad y la obligación de respetar los símbolos patrios y tu propio nombre
9.-Derecho a convivir con otros niños, obligación de respetar y cuidar a los menores
10.-Derecho a conocer sus propios derechos, los de la niñez
de la ONU, Derechos de la niñez
2.-Derecho a tener una familia que los quiera, respeto a tus padres
3.-Derecho a una vida segura y saludable, la obligación de cuidar la salud
4.-Derecho a la educación, artículo 3 de la Constitución,la obligación de estudiar
5.-Derecho a protegerlos contra la descriminación, la obligación de respetar a las personas diferentes.
6.-Derecho a jugar y participar en actividades culturales y artísticas, la obligación de cuidar de tus juguetes y de no lastimar a los niños
7.-Derecho a una buena alimentación, la obligación de comer bien
8.-Derecho a un nombre y una nacionalidad y la obligación de respetar los símbolos patrios y tu propio nombre
9.-Derecho a convivir con otros niños, obligación de respetar y cuidar a los menores
10.-Derecho a conocer sus propios derechos, los de la niñez
de la ONU, Derechos de la niñez
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