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hospitalitas era el marco legal bajo el cual se acuartelaba a los soldados en fincas de civiles romanos. Las leyes romanas de hospitalitas obligaban al dueño de una finca a proveer comida y cobijo a los soldados acuartelados, y a su vez prohibían el abuso de la requisa por parte de los soldados.
Fueron codificadas por el emperador Arcadio en el año 396. El huésped tenía derecho a un tercio de la propiedad en uso mientras estuviese acuartelado, aunque los obradores y tiendas estaban exceptuados y los invitados ilustres tenían derecho a la mitad de la propiedad en las mismas condiciones. La requisa era un "munus personalis", es decir, una imposición sobre la comodidad del dueño, pero no sobre su patrimonio. La importancia del concepto de hospitalitas reside en que algunos historiadores se han basado en este antecedente legal romano para explicar la modalidad de asentamiento bárbaro que se observa en Europa Occidental durante los siglos V y VI, coincidente con el desmoronamiento del estado romano y la aparición de los reinos bárbaros.