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3.1 LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE DERIVA DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD.
En lo que se refiere a su ámbito personal de validez, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre tiene como sujeto al ser humano. Es el hombre el sujeto de esos derechos porque que pertenece a la especie humana, y es por eso todo hombre y cada hombre los titulariza. En dicha Declaración se es titular de derechos y obligaciones en la medida en que se pertenece a la raza humana; el ámbito de validez personal de la norma, alcanza el máximo de sus posibilidades, toda vez que no se excluye a ningún ser humano para ser titular de derechos y obligaciones.
La titularidad generalizada de esos derechos, constituye un status de igualdad formal, que limita la conducta del individuo, sólo en cuanto atenta o amenaza la libertad de otro individuo. Así, la libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro; se podría decir entonces que el ejercicio de los Derechos Naturales de cada ser humano no tiene más límites que los que aseguran a los demás miembros de la sociedad el disfrute de esos mismos derechos.
Sin embargo a pesar de que todos los hombres, por el simple hecho de pertenecer a la especie humana son los titulares de los derechos que se establecen en la Declaración Universal, existen individuos que a pesar de su pertenencia a la raza humana, no gozan de esos derechos, y debido a su pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad, se encuentran en una situación de mayor indefensión para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas. Su vulnerabilidad anula el conjunto de garantías y libertades fundamentales, de tal forma que las personas, grupos y comunidades en esta situación tienen derechos únicamente a nivel formal, ya que en los hechos no se dan las condiciones necesarias para su ejercicio.
Esta circunstancia viola los derechos de los miembros más débiles de la sociedad y los margina, razón por la cual el Estado tiene la responsabilidad de proteger a estas personas, quienes frecuentemente desconocen cuáles son sus derechos, ignoran los medios para hacerlos valer y carecen de los recursos necesarios para acudir ante los sistemas de justicia.
Entre los factores que influyen en la vulnerabilidad se encuentran la falta de educación, la incapacidad para satisfacer sus necesidades básicas, desnutrición, enfermedades, incapacidad de acceder a los servicios públicos, marginación, etc
solo es de los hombres
espero q te sirva