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Artículo 7
Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede
establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene
más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta
como instrumento del delito.
Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por
delito de prensa, sean encarcelados los expendedores, "papeleros", operarios y demás empleados del establecimiento de
donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquéllos.
Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede
establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene
más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta
como instrumento del delito.
Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por
delito de prensa, sean encarcelados los expendedores, "papeleros", operarios y demás empleados del establecimiento de
donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquéllos.
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