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hay 3 generaciones Las tres generaciones de derechos humanos es una propuesta efectuada por Karel Vasak en 1979 para clasificar los derechos humanos. Su división sigue las nociones centrales de las tres frases que fueron la divisa de la revolución francesa: Libertad, igualdad, fraternidad. Los capítulos de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea reflejan en parte este esquema..
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1.1 Primera generación
2 DESCA
2.1 Segunda generación
2.2 Tercera generación .
Derechos civiles: Basados en la igualdad ante la ley, los derechos son:
1 Derechos fundamentales : Derechos constitucionalesSon derechos fundamentales los derivados de la libertad individual o de la libertad negativa, dependerá de la interpretación de estos principios el grado hasta donde se los hace llegar en los ordenamientos jurídicos. Estos derechos fundamentales generalmente se los identifica como la primera generación de derechos.
1.1 Primera generación
2 DESCA
2.1 Segunda generación
2.2 Tercera generación
1.1 Primera generación: Derechos individuales y políticos (Siglo XVIII) Surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano. Debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan.
Estos son algunos de ellos:
Libertad de expresión, libertad de asociación, derecho a un debido proceso y libertad religiosa.
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Los derechos de primera generación, según el prof. Aldo Atilio Alessio, pueden a su vez clasificar en:
*: Se refieren a las regulaciones que permiten al hombre la participación del ejercicio en el poder político:
A la libertad de asociación política Al Voto
2. DESCA: Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, o DESCA, es como son calificados los derechos de segunda y tercera generación en un solo conjunto. Son de una naturaleza diferente a los derechos fundamentales puesto que en su gran mayoría están basados en la libertad positiva o de ejecución externa; aunque unos pocos pueden ser vistos sólo como derivaciones directas o indirectas de los derechos de primera generación.
2.1 Segunda generación: Derechos sociales
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, incorporados en la Declaración de 1948, debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho.
De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:
2.2 Tercera generación :Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física. Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Entre otros, destacan los relacionados con:
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. El medio ambiente. Los derechos del consumidor. El desarrollo que permita una vida digna. El libre desarrollo de la personalidad."
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1.1 Primera generación
2 DESCA
2.1 Segunda generación
2.2 Tercera generación .
Derechos civiles: Basados en la igualdad ante la ley, los derechos son:
1 Derechos fundamentales : Derechos constitucionalesSon derechos fundamentales los derivados de la libertad individual o de la libertad negativa, dependerá de la interpretación de estos principios el grado hasta donde se los hace llegar en los ordenamientos jurídicos. Estos derechos fundamentales generalmente se los identifica como la primera generación de derechos.
1.1 Primera generación
2 DESCA
2.1 Segunda generación
2.2 Tercera generación
1.1 Primera generación: Derechos individuales y políticos (Siglo XVIII) Surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano. Debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan.
Estos son algunos de ellos:
Libertad de expresión, libertad de asociación, derecho a un debido proceso y libertad religiosa.
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Los derechos de primera generación, según el prof. Aldo Atilio Alessio, pueden a su vez clasificar en:
*: Se refieren a las regulaciones que permiten al hombre la participación del ejercicio en el poder político:
A la libertad de asociación política Al Voto
2. DESCA: Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, o DESCA, es como son calificados los derechos de segunda y tercera generación en un solo conjunto. Son de una naturaleza diferente a los derechos fundamentales puesto que en su gran mayoría están basados en la libertad positiva o de ejecución externa; aunque unos pocos pueden ser vistos sólo como derivaciones directas o indirectas de los derechos de primera generación.
2.1 Segunda generación: Derechos sociales
La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, incorporados en la Declaración de 1948, debido a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una etapa superior, es decir, a un Estado Social de Derecho.
De ahí el surgimiento del constitucionalismo social que enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Se demanda un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:
2.2 Tercera generación :Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en la doctrina en los años 1980, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física. Este grupo fue promovido a partir de los ochenta para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Entre otros, destacan los relacionados con:
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. El medio ambiente. Los derechos del consumidor. El desarrollo que permita una vida digna. El libre desarrollo de la personalidad."
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GENERACIÓN DE DERECHOSÉPOCA DE ACEPTACIÓNTIPO DE DERECHOSPrimeraS. XVIII y XIXCiviles y políticosSegundaS. XIX y XXEconómicos, Sociales y CulturalesTerceraS. XX y XXIJusticia, paz y solidaridad
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