Respuestas
La Ley 31 de 1992 establece que el Banco está sujeto a un régimen legal propio. En consecuencia, la determinación de su organización, su estructura, sus funciones y atribuciones, y los contratos en que sea parte, se rigen exclusivamente por las normas contenidas en la Constitución Política, en la mencionada ley y en los Estatutos de la entidad (Decreto 2520 de 1993). En concordancia con lo anterior los Estatutos establecen la estructura básica a través de la cual se ejerce la dirección y administración del Banco, conformada por la Junta Directiva, el Consejo de Administración, el Gerente General y los Gerentes Técnico y Ejecutivo y facultan a la Junta Directiva para determinar las funciones de las Gerencias Técnica y Ejecutiva y para aprobar la estructura organizacional básica no prevista en los Estatutos.