Respuestas
Son funciones de la Sección de Leyes:
Organizar y coordinar el proceso de radicación y clasificación de los proyectos de ley por materias y autores.
Suministrar información precisa y oportuna a la Mesa Directiva sobre proyectos de ley aprobados en las Comisiones, y a la Secretaría General lo pertinente para la elaboración del Orden del Día.
Mantener el registro y control de los proyectos de ley que hayan hecho tránsito o estén en curso en el Senado.
Sustanciar los proyectos de ley aprobados por la Corporación para el envío a la otra Cámara o a la Presidencia de l a República, según el caso.
Preparar para su publicación el texto completo de las leyes cuyo contenido se haya modificado parcialmente, y preparar la compilación de las leyes expedidas en cada legislatura.
Suministrar oportunamente información sobre proyectos en trámite y leyes expedidas a los Congresistas y al público en general.
Transcribir textos aprobados en Plenaria de Senado y Textos de Ley para enviar a Sanción Presidencial.
Notificar comisiones accidentales de unificación de textos y de estudio de objeciones presidenciales.
Responder derechos de petición remitidos al área legislativa, solicitando información sobre trámite legislativo.
Elaborar y revisar los anuncios de proyectos de ley, proyectos de acto legislativo, informes de conciliación e informes de estudio de objeciones para Plenaria de Senado.
Las demás que le asignen otras normas legales y reglamentarias.